
Hace tiempo que vengo pidiendo un procedimiento de resolución que quejas, del tipo de las smalls claims anglosajón que permita una rápida solución de los pequeños desacuerdos en materia de consumo, muchos de los cuáles no merecen (y a eso se agarran muchas empresas) ni el tiempo ni el dinero que su judiciliación implica. Lo hice cuando estaba en la OCU y sigo haciéndolo ahora con el mismo nulo resultado.
Una directiva europea describe una alternativa interesante como es el proceso de mediación con una
"duración reducida, su confidencialidad, la ausencia de abogados o procuradores, y que no obliga a las partes a llegar a un acuerdo, aunque el objetivo del mediador, que debe ser un experto en el ámbito en el que se enmarca la reclamación, es facilitar la comunicación y el acercamiento de posturas para que una parte y otra acaben llegando un acuerdo racional y vinculante. Esto debería llegar en un máximo de tres sesiones de mediación, que se celebran en un despacho neutral y cuyo coste, compartido por ambas partes, se calcula en unos 120 euros", cantidad asumible por todos quienes en ven las vías tradicionales más obstáculos que soluciones (consumidores y pequeñas y medianas empresas).
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